Nuevo Sistema Telemático de la Agencia Tributaria Pin 24 Horas

informamos que recientemente se ha publicado en el BOE una Orden Ministerial que permite a los autónomos poder agilizar sus trámites ante la Agencia tributaria a través de Internet con un nuevo sistema de firma electrónica no avanzada (sin certificado electrónico) denominado “PIN 24 horas”.

Este sistema permite a los autónomos – y en general, a todas las personas físicas no obligadas a disponer de certificado electrónico-, la presentación vía telemática de autoliquidaciones, declaraciones informativas y la realización de otros trámites ante la Agencia Tributaria.

Pin

 

Previa solicitud del ‘PIN’ registrándose en este nuevo sistema, y aportando el NIF, la fecha de caducidad de su DNI y un número de teléfono móvil, los contribuyentes recibirán mediante un SMS en el número de móvil un código de acceso para realizar sus gestiones durante 24 horas.
Aunque el código caduca al final de cada día, el contribuyente podrá obtener uno nuevo en cualquier momento y de manera instantánea, dado que el registro previo solo será necesario la primera vez.
Los contribuyentes interesados podrán registrarse a partir desde el mes de diciembre.
Las primeras presentaciones que podrán realizarse con el ‘PIN 24 horas’ serán las declaraciones informativas de 2013 a presentar en enero de 2014; entre ellas, los resúmenes anuales de retenciones que se incluyen en los modelos 180 y 190, y la Declaración-Resumen anual del IVA (modelo 390).

DESTINATARIOS:

Los principales destinatarios del ‘PIN 24 horas’ son los autónomos que realizan presentaciones periódicas y las personas físicas que el año próximo deban presentar el modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el extranjero, aunque aquellos contribuyentes que únicamente estén obligados a presentar declaración de IRPF o Patrimonio también podrán optar por hacer la declaración por esta vía.
¿CÓMO FUNCIONA?

La utilización del sistema ‘PIN 24 horas’ requiere dos pasos, un registro previo y una identificación y autenticación posterior.

El registro previo se podrá efectuar presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria o, en su caso, a través de la Sede Electrónica siguiendo las instrucciones que la Agencia remitirá por carta al colectivo de principales beneficiarios. En el proceso de registro se solicitará al contribuyente un número de teléfono móvil, la fecha de caducidad del DNI y, en la Sede, un código de cuenta corriente como información de contraste.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite deberá acceder a la Sede Electrónica de la AEAT (www.agenciatributaria.es) y solicitar el ‘PIN 24 horas’. Para ello deberá consignar el NIF, la fecha de caducidad del DNI y una clave de identificación de cuatro caracteres a su elección que definirá al contribuyente para cada solicitud del ‘PIN’.

A continuación, recibirá el ‘PIN’, que podrá utilizar durante ese mismo día natural, mediante un SMS remitido al teléfono móvil comunicado en la fase de registro. Utilizando el NIF y la clave de cuatro caracteres más el ‘PIN 24 horas’, el contribuyente quedará identificado en la Sede Electrónica y podrá realizar los trámites oportunos.

Para una mayor información adjuntamos la citada Orden Ministerial de referencia aquí.

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